Asunción
13°C
Sábado, 8 de marzo
Guía de proveedores del sector alimentario Registrarse
5 de marzo INTERNACIONALES

CODEX ALIMENTARIUS: Actualización Normativa en el Etiquetado de Alimentos Preenvasados

El Codex Alimentarius ha publicado la revisión 2024 de la Norma General para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (CXS 1-1985), con modificaciones clave en el etiquetado de alérgenos que buscan fortalecer la seguridad alimentaria y la protección del consumidor.

Principales cambios incorporados en esta actualización:

1️.  Ampliación del listado de alérgenos de declaración obligatoria

 • Se incorpora el ajonjolí (sésamo) como alérgeno obligatorio.

 • Se mantiene la exigencia de declarar cereales con gluten, crustáceos, huevos, pescados, maní, leche y nueces específicas.

Cereales con gluten: trigo, centeno, cebada y sus derivados.

Crustáceos: etiquetar como “crustáceo” a: camarón, langosta, cangrejo

Alérgenos adicionales: leche (lactosa), sésamo y frutos secos

2️. Clasificación de alérgenos de declaración obligatoria y facultativa

 • Se precisan las nueces de árbol con rotulado obligatorio (almendra, castaña de cajú, avellana, pecana, pistacho y nogal).

 • Se establece un grupo de alérgenos cuyo rotulado será determinado por cada Autoridad Sanitaria mediante un análisis de riesgo basado en la población de referencia. Estos incluyen: alforfón, apio, avena, lupino, mostaza, soya y otras nueces como la nuez de Brasil, macadamia y piñón.

No términos genéricos: SOJA en lugar de “proteína vegetal”

  • SULFITOS: un caso especial

Deben declararse cuando están presentes en concentraciones de 10mg/kg o más.

Etiquetado: usar “sulfito” en la etiqueta.

3️. Nuevas disposiciones para la presentación del etiquetado de alérgenos

 • Se exige que los alérgenos declarados en la lista de ingredientes sean resaltados mediante tipografía, estilo o color diferenciado respecto al resto del texto.

 • Se permite una declaración adicional en un apartado separado, precedida por la palabra “Contiene”, con la lista completa de alérgenos presentes en el producto.

 • Para alimentos sin lista de ingredientes, la declaración de alérgenos debe realizarse en un apartado visible en el etiquetado.

“Si no es posible proporcionar información adecuada sobre la presencia de alérgenos”, el alimento NO DEBERÁ COMERCIALIZARSE

 Implicancias y próximos pasos:

La implementación de esta actualización requiere que las Autoridades Sanitarias de cada país revisen y ajusten sus regulaciones nacionales conforme a los nuevos lineamientos, asegurando un análisis de riesgo acorde a su población. Asimismo, la industria alimentaria deberá establecer un plan de adecuación para garantizar el cumplimiento normativo sin afectar la operatividad de la cadena de suministro.

Para la industria alimentaria, estas modificaciones representan un paso importante hacia una mejor protección de consumidores con alergias alimentarias.

¡Cumplir con estas regulaciones no solo es un requisito, sino también un compromiso con la inocuidad alimentaria!

Referencia:

Codex Alimentarius. General standard for the labelling of pre-packaged foods (CXS 1-1985). FAO/WHO.