Recta final para el etiquetado frontal en Paraguay?
Etiquetado frontal de advertencia, denominado así a las informaciones que irán en los envases de alimentos procesados en ausencia del consumidor y comercializados en el territorio nacional, conforme a su composición nutricional de calorías, azúcares, grasas, grasas saturadas y sodio.
El objetivo de esta Ley es establecer la obligatoriedad del rotulado frontal de advertencia, en ese contexto podemos mencionar que a hoy cuenta con media sanción de la Cámara Alta, presentado por una de las proyectistas la senadora Desiree Massi, que brindó detalles del alcance del documento y mencionó a los países que ya cuentan con esta normativa.
Luego de un extenso debate, se resolvió aprobar el texto consensuado por las comisiones que establece el alcance donde los alimentos envasados deben incluir en la superficie principal del envase múltiple o colectivo, sellos de advertencia indelebles por cada nutriente crítico, según corresponda: “alto azúcares”; “alto grasas”; “alto grasas saturadas”; “alto sodio”, “alto calorías”. El proyecto aprobado con modificaciones se remitirá a la Cámara de Diputados para su análisis.
Por otro lado, el (INAN) Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición realizo una encuesta de preferencia de algunos consumidores, definiendo que les gustaría que la forma del rotulado sea octágono de color negro, formato aprobado por la mayoría de los encuestados con una mayoría de 71% de votos.
La información fue recabada a través de una encuesta online auto-administrada, durante el periodo del 2 al 29 de agosto del 2021, el INAN presento dos modelos para la elección, la del octágono y el de la lupa. Quedando en segundo lugar el formato lupa con 29% de la aprobación de los participantes. Con el uso del sello octágono por los envases, sigue la tendencia regional de armonización del rotulo nutricional del Mercosur.
De aprobarse, los alimentos procesados, envasados y comercializados en todo el territorio nacional tendran el mencionado rótulo, ademas lograr como objetivo es que el consumidor esté informado, que pueda entender de manera gráfica y sencilla que está consumiendo con el producto que adquirió y poder enfocar e implementar, una de las estrategias para la lucha contra la obesidad y las enfermedades crónicas no trasmisibles de origen nutricional.
Diputados introduce cambios en proyecto que establece etiquetado frontal de alimentos
Diputados aprobaron mediados de noviembre la ley sobre etiquetado frontal, con modificaciones, el proyecto de ley que establece la obligatoriedad del etiquetado frontal de advertencia en los alimentos envasados. El texto se remite a la Cámara de Senadores
La Cámara de Diputados propuso eliminar del etiquetado la frase alto en calorías, ya que el requerimiento energético varía según la necesidad de cada persona. La modificación fue aprobada sin oposición.
En esencia, a partir de esta disposición los alimentos tendrán impreso la leyenda de “Alto en Azucares”, “Alto en Grasas Saturadas” y “Alto en Sodio”.
La presente ley, establece el documento, será reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor a ciento veinte días de su promulgación y en ella se establecerá los criterios graduales de implementación.