CHILE: Ley de Etiquetado para bebidas alcohólicas
Las medidas contemplan la rotulación que adviertan los efectos nocivos de consumir alcohol, y la restricción de la publicidad de estos
La Ley de Etiquetados también llegó a las bebidas alcohólicas. Esta nueva normativa pondrá su énfasis en los efectos que tiene el consumo nocivo del alcohol.
Los sellos estarán enfocados en visualizar los riesgos del consumo excesivo de alcohol.
Al igual que los alimentos altos en grasas, sodio y azúcar, las bebidas alcohólicas tendrán sus propios sellos de advertencia. Esta medida fue promulgada en la Ley 21.363, durante agosto de 2021, y entra en vigencia este año.
Conoce los nuevos sellos para las bebidas alcohólicas
De acuerdo a lo que señala el Manual de Normas Gráficas para Mensajes y Gráficas de Advertencia y Valor Energético de Bebidas Alcohólicas, los productos que tengan igual o mayor a 0.5 grados de alcohol y que se encuentren comercializados en Chile.
De color blanco y negro será la advertencia gráfica que deberán tener los envases, la que tendrá que estar impresa en un rectángulo. En esta se verán tres símbolos: un auto, una mujer embarazada y un número 18.
El sello tiene que cumplir un tamaño mínimo específico, el que no podrá ser menor del 15% de la etiqueta del producto; deberán contener las siguientes etiquetas:
- “No beber al conducir”: Contiene un dibujo tachado de un automóvil.
- “Riesgo para tu bebé”: Tiene un dibujo tachado de una mujer embarazada bebiendo.
- “No beber menores de 18 años”: Contiene un dibujo tachado que indica “-18″.
Además, cada producto tendrá la frase “el consumo nocivo de alcohol daña tu salud”, con la palabra "ADVERTENCIA" en mayúsculas.
Las bebidas alcohólicas no podrán colocar estas etiquetas en collarines o en huinchas promocionales fácilmente descartables. Por otro lado, deberán rotular las calorías con las que cuentan.
Ley de etiquetados en bebidas alcohólicas: ¿Cuándo comienza?
La nueva normativa entrará en vigencia el 7 de julio de 2024. Es decir, a un año de que se promulgó como ley en el Diario Oficial.
Esta nueva ley también prohíbe de cualquier forma la publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas.
Además, los anuncios de estas bebidas en televisión sólo se podrán realizar entre las 22:00 y las 06:00 horas, mientras que en radios no se podrá hacer entre las 16:00 y las 18:00 horas.
En otros tipos de publicidades, sea en medios de comunicación escrito, sitios web, carteles y campaña audiovisuales, se deben incorporar las advertencias sanitarias ya señaladas
Estas regulaciones a la publicidad entrarán en vigencia el 7 de julio de 2026.
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